A
DIFUNDIR!!!!!
COMUNICADO
La Asamblea Territorial de Independencia a la opinión Pública Nacional e
Internacional
Como instancia Organizativa de la comuna de Independencia, la cual aspira a
jugar un rol activo en relación a
la promoción y defensa de los derechos sociales, políticos y culturales de
nuestro pueblo, a aportar a los cambios necesarios en nuestro país y en
particular de nuestra comuna, se manifiesta en relación a la situación de
Hugo Marchant Moya
Hugo Marchant Moya, compatriota chileno, que cumple pena de extrañamiento
en Finlandia, el día Miércoles 30 de Noviembre intentó regresar a su
patria, siendo detenido en el aeropuerto de Pudahuel y expulsado del país
por las autoridades del actual gobierno de Sebastian Piñera, a pesar que el
juez Joaquín Billar de la Corte de Apelaciones de Santiago, por razones
humanitarias le había concedido 15 días de permiso para permanecer en el
país.
Importante es señalar que Hugo Marchant, al igual que miles de
compatriotas, fue detenido el año 1983, es torturado por los aparatos
represivos de la dictadura militar, permaneciendo 9 años en prisión hasta
1992, fecha en la cual bajo el gobierno de P. Aylwin A. gobierno se le
conmutó la pena de prisión perpetua por la de extrañamiento. Durante los
años de prisión política Hugo Marchant Moya, puso en riesgo su vida y la
de su familia; esposa e hijos en numerosas ocasiones, dado que los
prisioneros políticos se convirtieron en verdaderos rehenes de la
dictadura, debiéndose considerar, entre otros aspectos, que durante los
procesos judiciales llevados por las fiscalías militares, no existían
condición alguna para una efectiva defensa jurídica.
Hoy, luego de 19 años de extrañamiento, Hugo Marchant Moya se encuentra
privado del derecho a la libertad personal al no permitírsele, como
nacional del Estado de Chile, el reingreso al territorio patrio desde el
extranjero. Se debe considerar que, durante los años noventa, como salida
política para quienes se encontraban cumpliendo prisión por hechos
ocurridos en la dictadura, vía indulto particular, se le conmutó las
condenas de presidio perpetuo por la pena de 20 años extrañamiento.
La pena del extrañamiento a que ha sido sometido Hugo Marchant Moya y otros
connacionales, resulta muy difícil de sobrellevar para una persona que
desea profundamente vivir en Chile, mas aún cuando esta condena, en la
práctica se hace extensiva a todo el grupo familiar.
La situación vivida por Hugo Marchant, es una muestra más de la manera que
en nuestro país se ha tratado la problemática de los Derechos Humanos,
primero por la dictadura militar, posteriormente por los gobiernos de la
Concertación y hoy por los herederos del régimen dictatorial, lo cual ha
tenido como trasfondo, el gran acuerdo entre derecha y Concertación, como
necesaria salida a los 17 años de dictadura militar y que tenía como
propósito fundamental, mantener la estructura económica política y social
generada en dictadura.
Como Asamblea Territorial de Independencia, exigimos al Estado de Chile,
cumplir la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de
Costa Rica) que prescribe en su artículo 22 Nº 5 que "Nadie puede ser
expulsado del territorio del Estado del cual es nacional, ni ser privado
del derecho a ingresar en el mismo".
Exigimos cumplir el pronunciamiento del Pacto de Derechos Civiles y
Políticos al disponer en su artículo 12 Nº 4 que "Nadie podrá ser
arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país".
Ambos tratados internacionales se encontraban vigentes al momento de
decretarse la pena de extrañamiento tal como lo siguen estando hasta esta
fecha, en que se niega el derecho de ingreso al país.
Exigimos al Estado de Chile, admitir el ingreso al país de Hugo Marchant
Moya para que de esa forma, se pueda restablecer sus derechos.
Santiago Noviembre de 2011
SECRETARIA CRIMINAL
RECURSO DE AMPARO
EN LO PRINCIPAL: RECURSO DE AMPARO; EN EL OTROSI: SOLICITA OFICIOS; EN EL SEGUNDO OTROSI: ACOMPAÑA DOCUMENTOS; Y EN EL TERCER OTROSI: SE TENGA PRESENTE.
ILMA. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
ALBERTO ESPINOZA PINO, cédula de identidad Nº 6.454.769-0, abogado y MARIA ALEJANDRA ARRIAZA DONOSO, cédula de identidad Nº10.323.902-8, abogada, ambos domiciliados en Amunátegui 277 piso sexto, comuna de Santiago, a US., Iltma, respetuosamente digo:
Interponenos recurso de amparo a favor de HUGO JORGE MARCHANT MOYA, cédula de identidad Nº6.979.808-K, en contra de la Policía Internacional de Chile, domiciliada en Morandé 672 comuna de Santiago, por restringir su libertad personal de forma ilegal y arbitraria, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho que pasamos a exponer:
En el año 1992 el señor Marchant Moya, se encontrado privado de libertad en la Cárcel Pública condenado a presidio perpetuo, tras ser condenado por la Justicia Militar y la justicia civil, permaneció en esa condición 10 años, con la publicación de las llamadas Leyes Cumplido, fue beneficiado en su calidad de ex prisionero político, conmutándosele esas condenas a la pena de extrañamiento, firmando el decreto de indulto respectivo, el señor Presidente de la República don Patricio Aylwin en el año 1992, cuya copia acompañamos.
En el mencionado Decreto, se le condenó a la pena de 20 años de extrañamiento por la causa seguida ante el Segundo Juzgado Militar de Santiago, Rol Nº 320-185, actualmente sustanciada bajo el Nº 24.087-2003 de la Iltma. Corte de Apeciones de Santiago, ante el Ministro de Fuero Joaquín Billard, y el resto de las penas que recaían sobre él, de acuerdo al propio decreto de indulto, se fijaron en cinco años de extrañamiento. Manteniendo otras inhabilidades. El mismo Decreto 1385, del año 1992, señala la forma que ellas se cumplirían, expresamente dispone que primero cumpliría la pena menor de cinco años y a continuación y en forma sucesiva, debía cumplir la pena de extrañamiento de 20 años.
Es del caso, que en el propio Extracto de Filiación y Antecedentes Penales correspondiente al Señor Marchant Moya, consigna que todas las causas seguidas en su contra fueron conmutadas en virtud del Decreto Nº1385 de fecha 13 de octubre de 1992.
Entendemos que, de acuerdo a lo expuesto precedentemente, el señor Marchant Moya habría cumplido en el año 1997, la pena de extrañamiento que se fijaron en cinco años, y solo actualmente estaría cumpliendo la pena de veinte años correspondiente a la causa Nº24.087-2003 ex Rol Nº320-1985 del Segundo Juzgado Militar. Actualmente radicada ante Ministro de Fuero Joaquín Billard.
Como señala el Oficio Nº392/2011, emanado del Ministro de Fuero don Joaquín Billard, “se autoriza el ingreso por el lapso de 15 días al señor Marchant Moya, suspendiendo la pena de extrañamiento que pesa en su contra”, esta decisión la adopta el señor Ministro por razones humanitarias, dentro de sus facultades legales, pues lo hace, en su calidad de Juez Ejecutor de pena, mediante el documento dirigido al señor Jefe del Departamento de Policía Internacional de la Policía de Investigaciones.
Esta orden judicial, no fue acatada, ya que habiendo recepcionado el mencionado oficio, se mantuvo al señor Marchant Moya en el Aeropuerto de Santiago, desde las 11:30 a las 18:00 horas, momento en el cual se le ordena abordar un avión con destino a Buenos Aires.
Sin explicación clara, ante nuestra consulta, respecto de quien adoptó esta medida ilegal y arbitraria, nos dijo el Prefecto Melo, que la decisión fue adoptada por el Jefe Nacional de Extranjería, mientras que otro funcionario de la Policía de Investigaciones, señaló a los familiares, y ante diversos medios de comunicación, que la orden de expulsar al señor Marchant Moya, emanó de la Subsecretaria del Ministerio de Justicia con victo de aprobación del Presidente de la República.
Claramente, se está desacatando la decisión del Poder Judicial, atentando contra un principio básico de Estado de Derecho, ya que encontrándose en cumplimiento de una pena, corresponde al Juez Ejecutor, pronunciarse al respecto, es facultad del Poder Judicial, y no a la autoridad Administrativa o de otro poder del Estado.
La Policía de Investigaciones debió dar cumplimiento a lo resuelto sin más trámite y sin poder calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución del Ministro de Fuero don Joaquín Billard.
Es del caso, que el señor Marchant Moya, ha visto restringido su derecho a la libertad de desplazamiento, ocasionándole diversos perjuicios, en dos oportunidades ha sido enviado a Argentina, restringiendo su libertad durante varias horas, prohibiendo el ingreso autorizado. Es imperioso restablecer el imperio del derecho a la brevedad, es por ello, que nos vemos en la necesidad de recurrir ante este Tribunal para que cese la perturbación ilegal y arbitraria a sus derechos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 Nº 7 letra A la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA, “La Constitución asegura a todas las personas: El derecho a la libertad personal y a la seguridad individual. En consecuencia: Toda persona tiene el derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, trasladarse de uno a otro y entrar y salir de su territorio, a condición de que se guarden las normas establecidas en la ley y salvo siempre el perjuicio a terceros;”
Por su parte el artículo 21 inciso final otorga la posibilidad de recurrir de amparo a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual.
POR TANTO, en virtud de lo expuesto y dispuesto en el artículo 19 y 21 de la Constitución Política de la República, los tratados internacionales sobre derechos humanos que por vía del artículo 5º inciso 2º forman parte del contenido material de la Constitución, y el Auto Acordado sobre el Recurso de Amparo y las demás normas pertinentes,
RUEGO A US., ILTMA. Tener por interpuesto Recurso de Amparo a favor del señor JORGE HUGO MARCHANT MOYA, solicitar se informe de inmediato a la Policía Internacional de Chile, para que cese la PROHIBICIÓN DE INGRESO A NUESTRO PAÍS, POR EL LAPSO DE TIEMPO AUTORIZADO, acogiendo este amparo, Y comunicándose por la vía más expedita.
PRIMER OTROSÍ: Sírvase Usía, Iltma., oficiar a:
a.- La Policía Internacional de Chile, para que emita informe a la brevedad al tenor del presente recurso
b.- Al Ministerio de Justicia.
SEGUNDO OTROSI: Solicito a S.S. Iltma., tener por acompañados los siguientes documentos:
a.- Oficio Nº 392/2011, que suspende el cumplimiento de la pena de extrañamiento del señor Moya Marchant, de fecha 01 de diciembre de 2011, suscrito por el ministro de Fuero Joaquín Billard Acuña.
b.- Copia de extracto de Filiación y Antecedentes del señor Marchant Moya.
c.- decreto Nº 1385 de fecha 13 de octubre de 1992, firmado por el señor Presidente Patricio Aylwin Azocar.
TERCER OTROSI: SÍRVASE S.S. ILTMA., tener presente que en nuestra calidad de abogados habilitados actuaremos en esta gestión, indistintamente, en forma conjunta o separadamente.
Informe sobre las jornadas de lucha por El Fin Al Destiero Ahora.
1.- El dia 29 de noviembre a las 11:30 de la mañana estabamos aterrizando en la loza del aeropuerto Arturo Merino Benites de Santiago de Chile, y procedimos a continuar con el proceso de ingreso y control policial.
2.- En el momento de presentar mi pasaporte finlandes en la ventanilla del policia, comienzo a darme cuenta de su sorpresa y comienza a llamar al comisario al lugar, me doy cuenta que no me estaban esperando.
El comisario sorprendido me pregunta si estoy en conocimiento de "la prohibicion de ingreso" , frente a lo cual respondo:
Se perfectamente lo que usted ve en esa pantalla, yo estoy viajando con mis familiares, mi hija y su pareja ademas de una amiga de nuestro comite, afuera hay un par de cientos de personas esperandome, un abogado esta esperando al otro lado de esta muralla, y mi otro abogado esta tramitando en los tribunales una autorizacion de ingreso por razones humanitarias, y ademas esta proxima semana esta viajando mi esposa y mi hijo para que tengamos un encuentro familiar en Chile.
El comisario de manera gentil me pide que le acompañe al despacho de la guardia. Me explica que no estoy detenido que por favor tome asiento que él debe cumplir de acuerdo a los rigores del caso, facilitando el ingreso de la abogado Alejandra Arriaza. Ademas el comisario acepta a que yo sea visitado por amigos y familiares. La abogado Margarita Peña ingresa y personalmente me acompaña mientras estoy en esas dependencias.
3.- Una primera dificultad fué que no se encontro al Misitro de Fuero de la Corte en su oficina, pero prometio recibir este caso al dia siguiente a las nueve de la mañana.
4.- En el Parlamento el Diputado Hugo Gutierrez miembro de la comision de DDHH convoca a la comision a reunirse con caracter de urgencia, la cual despues de reunirse toma un acuerdo por unanimidad. El acuerdo consistio en solicitar al Ministerio del Interior lo siguiente:
a)Permitir el ingreso de Hugo Marchant al pais.
b)De no ser asi, que permita que hugo marchant espere en el aeropuerto la desicion del Ministro.
El subsecretario respondio a la peticion con un rotundo No, y por lo tanto policia internacional organizo mi viaje de regreso a Buenos Aires.
5.- Cuando ya estaba arriba del avion,me di cuenta que estaba muy contento y que me sentia con mucha fuerza, a pesar que ya hacia varios dias que apenas habia dormido apenas cuatro horas debido al trabajo que implicaba esta campaña. Por primera vez despues de haber iniciado el viaje al Destierro me estaba enfretando nuevamente al Estado para exijir el derecho a vivir, luchar y morir en mi país, estabamos exigiendo la legitimidad de una reivindicacion como es poner fin al destierro.
Muchos compañeros y compañeras, amigos del comite estaban apoyando esta "accion directa". Esto estaba claro al próximo día debia volver nuevamente!
6.- A la llegada al aeropuerto de Ezeiza de Buenos Aires me esperaba un compañero que me llevo a su casa, al día siguiente a las cinco de la mañan estaba comprando un pasaje con destino a Santiago de Chile, y estaria llegando nuevamente a las 11:30.
7.- Cuando el avion aterrizo encendi el telefono y habia un mensaje de mi hija que feliz me comunicaba que el Juez habia otorgado 15 dias de permiso para permanecer en el país.
8.- Cuando estoy en la cola para el control de pasaporte me doy cuenta de la precencia de muchos policias que me buscaban, y nuevamente gentilmente me indican que debo acompañarles al avion de regreso que salia en una hora mas. El tipo tiene una tranquilidad insidiosa y provocadora. Le comunico que hay un permiso del Juez, por que actuan asi, frente a lo cual me dice: a nosotros no nos ha llegado nada, por lo tanto usted se va. Yo llamo a Alejandra mi abogado y le comunico de los hechos, frente a lo cual busca al Prefecto de la policia internacional del Aeropuerto con el cual negocia la nueva situacion. Faltando diez minutos pra enbarcarse al avion el tipo que me retenia decide caminar conmigo al despacho de la guardia.
Esta vez no permite la visita de nadie, solamente Alejandra puede ingresar pero de manera muy restringida, aunque oficialmente no estoy "DETENIDO" pero en los hechos me tienen detenido y aislado fisicamente.
Policia Internacional una vez que reciben el documento a traves del conducto regular, manifiestan inmediatamente su desicion de no acatar la orden del Ministro de Fuero de la Corte de Apelaciones.
9.- A las cinco de la tarde me llevan al avion de regreso nuevamente, y nuevamente entregan mi pasaporte finlandes al encargado de seguridad del avion, para que éste se lo entregue a la Policia Internacional de Argentina adjuntando al documento varios documentos, entre los cuales vi mi foto y mi prontuario policial.
Cuando llegamos al aeropuerto de Ezeisa solicito al policia mi documento, que de manera muy sorprendida me pregunta que esta pasando, le cuento rápidamente y claramente de que se trata, y como repuesta me entrega generosamente el documento y me desea buena suerte.
10.- Afuera del aeropuerto busque uon lugar donde fumar un cigarrillo, y me imaginaba la indignacion y la rabia que sentian los compañeros y compañeras del Comite Fin Al Destierro Ahora, los periodistas, sus camaras y a mi hija , enrostrandole a la Policia en sus dependencias su arbitrariedad, y su desfachates al no acatar la orden de un Ministro del Poder Judicial.
Me imaginaba y tanta alegria sentia la valentia y coraje de los miembros del Comite, y reflexionaba: asi lucha el Pueblo cuando siente la justeza de una lucha, es desicidida y lo entrega todo, todo!!
Entonces comprendi que estas dos jornadas de lucha estaban llenas de éxito, tenemos instalada nuestra demanda en la escena politica. La Policia Internacional responde las ordenes del Presidente de la República a traves del Ministerio del Interior, esta ocurriendo lo mismo que con la criminalizacion del Movimiento Estudiantil, el Gobierno esta tratando insistentemente en subordinar al Poder Judicial, frente a lo cual los jueces defienden "el Estado de Derecho".
Cuando llego a mi casa y abro la internet me doy cuenta que la noticia de los hechos ha sido desplegada con amplitud en la prensa y en las redes, y también la noticia está en Finlandia y en otros países.
Hemos dado un gran paso, nuestra campaña ya no es sólo una consigna y una demanda, es una lucha que esta instalada en el escenario politico, es una lucha que esta instalada en el centro del Estado y tendran que dirimir la contienda entre el Gobierno y el Poder Judicial.
11.- El viernes 2 de diciembre se presento el Recurso de Amparo en la Corte de Apelaciones, y fué acogida con cáracter de urgencia e inmediatamente por oficio se solicita antecedentes y cuenta de la desicion de Policia Internacional frente a estos hechos.
12.- Una sorpresa el Instituto de Derechos Humanos respondio ahora nuestra carta que le enviamos hace varios meses. Sin comentarios por ahora.
13. Hoy Lunes 5 de Diciembre esta iniciando el viaje con rumbo a Chile mi Compañera Silvia Aedo y mi hijo Juan Manuel.
14.- Hoy y mañana esperamos la respuesta de la Corte.
!5.- Ayer se corto la luz en el sector donde vivo, aproveche de dormir, hoy escribo cartas y pienso tranquilamente y trato de imajinarme el tercer viaje a Chile.
Finalmente quiero señalarles y recordarles que cuando iniciamos esta campaña fué pensando en la nueva situacion politica que abrio el movimiento estudiantil con su lucha aguerrida, y pensamos en aquel instante que la mejor forma de solidarizar con la lucha de nuestros jovenes estudiantes era justamente llevando las reivindicaciones propias al plano de la lucha, y como debieran hacerlo todos los sectores sociales, hasta que la lucha del Pueblo sea una sola.
Con esta lucha solidarizamos y respaldamos la lucha del Pueblo Mapuche.
Con esta lucha llamamos a las organizaciones de DDHH de los tiempos de la Dictadura a levantar sus banderas y hacerlas nuevamente como propias del Pueblo desde donde nunca debian haber salido, y ademas de manifestar on rotundo rechazo a la Impunidad, y que sea en la calle en la lucha social y politica decir: Ni perdon Ni olvido, no a la impunidad.
Con esta lucha solidarizamos en la Lucha por la Libertad de todos los Presos Politicos que son cerca de un centenar y que en su mayoria son compañeros Mapuches.
La lucha Continua
hugo marchant
Buenos Aires 5 de diciembre de 2011
la acción directa realizada por Hugo Marchant para terminar con el extrañamiento, y la negativa torpe, arrogante y autoritaria de policía de investigaciones, deja en evidencia la pugna abierta que sostiene el ejecutivo con el poder judicial, el ejecutivo en su intento por someter al poder judicial para implementar su estrategia de criminalización y desgaste de los movimientos sociales y populares, estrategia que es sostenida por Piñera y su alter ego Rodrigo Hinzpeter.
ResponderEliminarTerroristas hijos de mil putas, solo les queda morir como perros... Chile jamás sera marxista.
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